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mayo  11, 2024

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Acusación fiscal acompañando prueba documental y el problema de las actas a leerse en juicio penal acusatorio

Por Carlos Alberto Carbone


“La puesta a punto del nuevo sistema penal que consagra en Santa Fe la ley 12734 a partir de Febrero de 2014 un sistema no solo acusatorio sino de corte adversarial, genera diversos y novedosos planteos en la práctica. Uno de ellos es la crítica que se ha hecho a la admisibilidad favorable de la acusación luego de la audiencia preliminar ante el Juez de la Investigación. Es que al acompañar el Fiscal copia del acta de procedimiento policial, croquis e inspección del lugar del hecho, informes médicos sobre las lesiones de la víctima, acta de entrega de los secuestrado a la misma, se ha argumentado que se ha violado el principio de imparcialidad consagrado en el actual CPPSF que veda al juez imponerse de las actuaciones prevencionales. Lo cierto es que el art. 308 en su último párrafo dispone que “en ningún caso podrán tomar conocimiento previo de los elementos probatorios que puedan valorarse en el juicio”, lo que significa una concreta prohibición para el juez o tribunal que tramite un juicio oral ya que la norma se inserta justamente en el Libro IV Título I dedicado al “Juicio común”.”

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Términos mencionados en esta doctrina: acusatorio.

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